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El País 1 de mayo de 2024

Avanza la propuesta de detallar en el ticket los impuestos que se están pagando

Forma parte del paquete fiscal aprobado por la Cámara de Diputados.

Con la media sanción en Diputados del paquete fiscal, queda más cerca la posibilidad para el consumidor de poder ver detallado en el ticket o factura, cuánto paga por el servicio y de impuestos en el valor final.

La medida se da gracias al Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor, impulsado por la sociedad civil Lógica que tomó el Ejecutivo e incorporó en el Titulo VI del paquete fiscal.

“La iniciativa va destinada a garantizar a los contribuyentes y consumidores transparencia total sobre la carga tributaria efectiva que recae sobre los productos y/o servicios que adquieren en su vida cotidiana, con el fin de formar y fortalecer una conciencia fiscal ciudadana sólida que permita evaluar las medidas fiscales que inciden en su economía doméstica a través del precio de los bienes o servicios que adquieren”, detalla el mensaje del

Ejecutivo al Congreso al momento de girar el proyecto que ya tiene media sanción y deberá discutir ahora el Senado.

Desde Defensa del Consumidor, el Subsecretario Fernando Blanco Muiño celebró el avance para discriminar en el ticket el valor de los impuestos nacionales que el consumidor paga e invitó a las provincias y municipios a avanzar en la misma medida con sus impuestos y tasas.

El articulado de la Ley, sustituye el art 39 de la ley de IVA a partir del 1ø de enero de 2025, para que cuando un responsable inscripto realice ventas, locaciones o prestaciones de servicios gravadas a consumidores finales, deba discriminar en la factura o documento equivalente el gravamen que recae sobre la operación.

Este gravamen “se calculará aplicando sobre el precio neto indicado en el artículo 10, la alícuota correspondiente, resultando de aplicación lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 37”, cita el nuevo articulado.

El mismo criterio se aplicará para la operación a monotributistas y sujetos exentos: “El mismo criterio se aplicará con sujetos cuyas operaciones se encuentran exentas, incluyendo a aquellos que revistan la condición de inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido por el Anexo de la Ley Nø 24.977, sus modificaciones y complementarias”.

Además del total final a abonar, también deberá colocarse un detalle que indique el importe neto sin la incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de los demás impuestos nacionales indirectos que incidan en los precios, el cual deberá estar acompañado de la leyenda “Precio sin impuestos”.

Estos cambios apuntan, por un lado, a mostrar la incidencia de los impuestos sobre el valor real que percibe el prestador del servicio o vendedor, y por otro a dar la “batalla cultural” de que esos impuestos son la contracara del nivel de gasto público.

El Gobierno busca mostrar, primero invitando a municipios y provincias a que hagan lo mismo y queden expuestas las fuentes de financiamiento de las jurisdicciones y cuanto pesa en el precio final y luego el concepto de que nada es gratis, y siempre alguien termina pagándolo.

De hecho, en uno de los artículos, apunta a que en la publicidad de las prestaciones o servicios de cualquier tipo en los niveles nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que sean de libre acceso o atención por parte de los ciudadanos no podrá utilizarse la palabra “gratuito” o similares debiéndose aclarar que se trata de una prestación o servicio de libre acceso solventado con los tributos de los contribuyentes.



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