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El País 30 de enero de 2024

Formalizan la reducción de tasas para deudas impositivas de pymes

Pagaban como intereses un equivalente al 90% (micro y pequeñas empresas) y 95% (medianas empresas) de la tasa de interés resarcitorio. Con la nueva normativa, estos porcentajes pasan a ser de 50% y 60%, respectivamente.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la reducción en la tasa de financiación de los planes de pago de deuda impositiva para las micro, pequeñas y medianas empresas, revirtiendo, en gran parte, el aumento aplicado hace una semana para estas firmas, a través de la resolución 5481/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La medida fue anunciada por el ministro de Economía, Luis Caputo, en un posteo en la red social X, donde adelantó que “con el objetivo de proteger el trabajo de las pequeñas y medianas empresas, la AFIP estableció la rebaja de la tasa de financiación de los planes permanentes”.

“Nuestra intención es que a futuro la AFIP deje de financiar estos planes, pero entendemos que la transición hacia un país donde las pymes puedan acceder más fácilmente a créditos bancarios tomará algún tiempo”, agregó el funcionario.

La medida se toma días después de dictarse la Resolución 3/2024, publicada el pasado 22 de enero, que incrementó la tasa de interés resarcitorio –aplicada para la deuda que no se encuentra en gestión judicial- del 5,91% a 1,3 veces la tasa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco Nación, vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio de cada bimestre.

En tanto, la tasa de intereses punitorios –que rige cuando la AFIP inicia un reclamo por vía judicial- pasó del 7,37% a 1,5 veces la tasa del BNA.

Como consecuencia, la tasa de interés resarcitorio pasó a ser de 15,27% mensual y la de punitorios a 17,62%, un incremento del 250%.

La resolución de hoy establece un alivio para las micro, pequeñas y medianas empresas.

Estas firmas anteriormente pagaban como intereses un equivalente al 90% (micro y pequeñas empresas) y 95% (medianas empresas) de la tasa de interés resarcitorio.

Con la normativa de hoy, estos porcentajes pasan a ser de 50% y 60%, respectivamente.

De esta forma, las deudas de las micro y pequeñas empresas tendrán un 7,63% de interés y las medianas del 9,16%, porcentajes similares a los que tenían antes de la resolución de la semana pasada que incrementó las tasas y estableció un mecanismo de actualización bimestral en las mismas.

La AFIP señaló en la resolución que es “pertinente efectuar determinadas adecuaciones respecto del porcentaje aplicable para el cálculo de la tasa de interés de financiación de los planes de facilidades de pago -considerando la tasa de interés resarcitorio vigente-, a fin de fortalecer el estímulo al trabajo de las pequeñas y medianas empresas”.

El tema había sido puesto en agenda por distintas entidades empresariales.

En efecto, la semana pasada Caputo recibió en Casa Rosada a cámaras empresarias de diferentes sectores y dialogaron sobre el asunto.

En esa ocasión, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) había planteado que se exceptuase a las micro y pequeñas empresas del incremento de las tasas de intereses resarcitorios y punitorios que la AFIP cobrará a partir del 1° de febrero.