El proceso de juicio por jurados y la calidad del sentido común
Entre 2015 y 2022, en Mar del Plata, se llevaron a cabo 26 debates con jurados populares. ¿La Justicia es más democrática cuando resuelven los pares? Jueces, fiscales y abogados reflexionan al respecto.
Por Juan Manuel Salas (*)
Hablar de juicio por jurados es entrar en un imaginario made in Hollywood, de grandes casos con alegatos heroicos, cargados de retórica y frases memorables, que buscan que doce ciudadanos resuelvan el destino de un acusado, que definan si es culpable o no culpable. Y, en realidad, es exactamente así.
El abogado Gustavo Arballo, en su libro Brevísimo curso de derecho para no abogados, explica que en la Constitución tres veces se menciona el juicio por jurados: “En el art. 24: ‘El Congreso promoverá la reforma de la actual legislación en todos sus ramos, y el establecimiento del juicio por jurados’. Luego en el art. 75 inc. 12, al referir a leyes que debe dictar el Congreso, concluye una enumeración con ‘las que requiera el establecimiento del juicio por jurados’. Y en el art. 118: ‘Todos los juicios criminales ordinarios, que no se deriven del derecho de acusación concedido a la Cámara de Diputados se terminarán por jurados, luego que se establezca en la República esta institución’”.
En la provincia de Buenos Aires, se trata de una decisión del acusado, quien en casos de delitos graves —es decir con condenas de más de 15 años—, puede optar si quiere ser juzgado por jurados populares o por un tribunal técnico de tres jueces profesionales.
Un jurado está compuesto por doce personas y seis suplentes, con paridad de género y representación amplia de la sociedad, que son sorteadas entre quienes están inscritos en el padrón electoral y tienen entre 21 y 75 años. Miembros de fuerzas de seguridad, funcionarios electos o empleados del Poder Judicial, entre otros, no pueden ser miembros del jurado.
Para crear al jurado, se sortean 48 personas. Luego, se presentan a las partes, quienes empiezan a hacer un proceso de selección basado en los intereses de su estrategia y rechazan miembros hasta que quedan 12 titulares y 6 suplentes. Este jurado será anónimo durante la duración del juicio
El jurado determinará si existió un delito y si la persona acusada es culpable. La pena será luego establecida por el juez, que está presente durante todo el proceso y los guía, les explica su papel y la terminología jurídica, y mantiene el orden del debate.
Finalmente, el jurado deliberará de forma secreta. Para que haya una condena, necesitarán que diez de los doce jurados estén de acuerdo. En caso de una condena de prisión perpetua, es necesario que haya unanimidad. También es posible que la decisión del jurado quede “estancada”, lo que obligará a que se realice un nuevo juicio por jurados.
Juicios por jurados en Mar del Plata
Estadísticas de la oficina central de Juicios por Jurados del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires
Según datos de la oficina central de Juicios por Jurados del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires, entre 2015 y 2022 (pandemia incluida) en territorio bonaerense se realizaron 534 juicios por jurados, en los que en 320 casos se halló culpable a la persona acusada y en 142 no culpable; además, hubo 58 mixtos y 14 estancados que se tienen que hacer nuevamente.
En Mar del Plata, en ese período se realizaron 26 juicios por jurados (3 en 2015, 4 en 2016, 2 en 2017, 3 en 2018, 5 en 2019, 0 en 2020, 1 en 2021 y 8 en 2022), de los cuales en 17 se halló culpable a la persona acusada y en 7 no culpable; además, hubo un caso mixto y uno estancado que se debe repetir.
Las cifras indican que en el 65 % de los casos, los jurados populares de Mar del Plata hallaron culpable a la persona acusada, un promedio superior al de la provincia de Buenos Aires, que es del 59 %.
Este valor refuta el prejuicio instalado de que el juicio por jurados es más “benévolo” para la persona acusada y que los jurados populares “no se animan” a declarar culpable a alguien que tienen en la misma sala de debate.
El imaginario made in Hollywood se cumple. Los debates con jurados populares se realizan y cada vez son más los abogados defensores —sean particulares o no— que basan su estrategia en llevar su caso para que sea analizado por doce personas que fueron sorteadas y que deben cumplir con el deber cívico de concluir si una persona acusada es culpable o no.
Eso sí, en Mar del Plata al menos, las salas de Tribunales aún no ofrecen las comodidades que se ven en las películas, y la logística necesaria para realizar juicios por jurados con mayor comodidad es una deuda del Poder Judicial.
Más calidad, más garantías
César Sivo es abogado penalista y profesor de Derecho en la Universidad Nacional de Mar del Plata, donde desde 1992, cuando no existía ningún proyecto de juicio por jurados, en la práctica penal comenzó a realizar simulacros con sus estudiantes.
“La calidad de justicia que se logra en un juicio por jurados es altísima, con garantías para todas las partes, aunque haya veredictos que puedan no satisfacer; sin echar culpas al sistema, es innegable que el sistema de juicio por jurados es muy bueno y otorga justicia de altísima calidad”, dijo Sivo.
El abogado, además, destacó que en tiempos de “descrédito de la Justicia, que sean los ciudadanos los que decidan si declaran culpable o no a otro ciudadano, descomprime y dota de legitimidad a una institución bastante vapuleada”.
Por otra parte, Sivo consideró que “los jurados populares son más independientes que los jueces, no son permeables a presiones, tienen una visión más cercana y sin prejuicios, no se contaminan; los litigantes deben presentar la prueba y convencer, deben saber mostrar, cosa que en juicios con jueces técnicos muchas veces son ellos los que suplen deficiencias de las partes”. “Lo que los jurados piensan o sienten es lo que la sociedad vive en determinado momento, es lo que obliga a pensar culturalmente la información que esos veredictos arrojan. Las sentencias de los jueces no siempre se compadecen de lo que vive la sociedad, por lo que sus fallos no reflejan necesariamente ese sentir”, concluyó el abogado.
“La calidad de justicia que se logra en un juicio por jurados es justamente eso: un juicio de calidad”, dijo de manera categórica la abogada penalista Noelia Agüero, quien además representó a uno de los acusados en el juicio por jurados por el supuesto abuso sexual en el camping El Durazno.
“El juicio por jurados es estrictamente adversarial, es un freno al poder”, expresó Agüero y agregó: “En un juicio por jurados no hay papeles, es lo que dice un testigo, lo que se muestra, mientras que los jueces técnicos muchas veces ya tienen una sentencia prerredactada y tienen más presiones sociales y políticas”.
“Un juicio por jurados es mejor en todo sentido, es el más garantista. En la audiencia de selección de jurados ya arranca el juicio, y cada parte va a elegir a los integrantes del jurado que más le parezca. Es muy importante cómo se les dan las instrucciones, porque en función de eso van a decidir”, concluyó la abogada penalista.
El abogado Martín Bernat también representó a otro de los acusados en el debate por el supuesto abuso sexual a una menor en el camping El Durazno durante las celebraciones de Año Nuevo. Este fue el único juicio por jurados considerado nulo en Mar del Plata y que, por tal motivo, se deberá realizar de nuevo.
Si bien para Bernat “ninguno de los sistemas en nuestra sociedad garantiza la justicia, que es un término muy abstracto”, considera que de entre todos “el mejor es el juicio por jurados, es el que más cerca está de arribar a una decisión justa”.
“Se logra una justicia de mayor calidad porque son doce personas, que es un número más plural que el de tribunales técnicos, y de la convergencia de sus opiniones se llevará a una mejor calidad de decisión. Son personas sacadas de distintos estratos sociales, con diferentes experiencias de vida”, dijo el abogado y agregó: “Es mejor calidad porque permite una discusión real de los casos. Deliberan, discuten, se contradicen. Entiendo que el jurado aplica justicia en el caso; en cambio, el tribunal técnico aplica la ley. El sentido de justicia lo da el jurado”.
Legitimar el Poder Judicial a través de la gente
Los jueces y fiscales no deciden en qué casos van a juicio por jurados, ya que es algo que solicita el imputado. Sin embargo, son imprescindibles para todo el proceso y su mirada como operadores judiciales aporta una visión fundamental.
El fiscal general de Mar del Plata, Fabián Fernández Garello, destacó que en los juicios por jurados “se legitiman las decisiones de la Justicia a través de la gente”. “En un juicio por jurados la verdad se respira, es informada por peritos, por testigos, por fiscales y por los defensores. Es una oportunidad para que la gente tenga una mayor cercanía con la administración del Poder Judicial, que entienda mejor cómo funciona la justicia, cómo hay que llegar a una sentencia”, consideró.
Para Fernández Garello, los juicios por jurados son no solo una forma de legitimar, sino también de “actualizar” los mandatos que jueces y fiscales tienen y que muchas veces son criticados. “El juicio por jurados ratifica las decisiones judiciales y esto le hace bien al Poder Judicial. En algunos casos, no solo es una relegitimación de la decisión judicial, sino también de lo que dice la ley”.
Roberto Falcone es juez del Tribunal Oral N.° 2 de Mar del Plata y se mostró a favor del sistema del juicio por jurados porque, a su parecer, “implica como ningún otro una democratización en la administración de justicia”. Sin embargo, remarcó que “la íntima convicción como regla de valoración de la prueba de los hechos en un proceso penal (característica del juzgamiento por jurados) dispara algunos problemas técnicos”.
El magistrado consideró que uno de los mejores aspectos del juicio por jurados es “el respeto al constituyente y el consecuente compromiso del pueblo en el juzgamiento de pares”. Como crítica al sistema, agregó: “Lo peor es la falta de motivación explícita de cada uno de los votos que integran el veredicto y —frente a ello— la objeción de que tal motivación viene dada por las instrucciones del juez técnico es problemática”.
“Puede decirse que la motivación y el razonamiento explicitados ofrecen, en las sentencias producidas en los juicios ante tribunales técnicos, la posibilidad de un contralor intersubjetivo de cada voto, analizando fortalezas y debilidades. Ello se halla ausente en el juicio por jurados”, concluyó el juez Falcone.
El titular de la Fiscalía N.° 7, Leandro Arévalo, consideró que existe una necesidad de que el Estado transmita, informe y forme a la ciudadanía respecto de cuáles son las virtudes de los juicios por jurados en cuanto a su aporte al crecimiento democrático como sociedad, a los derechos y a las obligaciones.
“Desde un punto de vista técnico, la ciudadanía no está fina para definir ciertos aspectos en un juicio por jurados. Tal vez habría que hacer un control más celoso en lo que tiene que ver con cuestiones técnicas. Hay juicios por jurados en los que el ciudadano debe definir cuestiones legales”, expresó Arévalo y agregó: “Pero cuando la situación se limita a definir si [alguien es] culpable o no culpable resulta muy bien”.
Para el fiscal, los juicios por jurados en Argentina podrían tener una consecuencia a futuro, de permitir a la sociedad visibilizar más el trabajo que se hace en el Poder Judicial.
“El juicio por jurados fortalece el Estado de derecho, la democracia y la transparencia del Poder Judicial”, consideró el juez del Tribunal Oral en lo Criminal N.° 3 de Mar del Plata, Federico Wacker Schroder, y agregó: “Esto se refleja en cómo se transforma un ciudadano al participar como jurado: una vez que pasan, entienden cómo es la responsabilidad con la que se analiza y decide un caso penal”.
Para el juez, es muy importante la posibilidad que otorga el juicio por jurados de permitir a la ciudadanía “participar del sistema de administración de justicia en casos graves”.
Además, el juez Wacker Schroder destacó que en los juicios por jurados aparece la utilización del lenguaje claro y, por eso, “se litiga en español de verdad”. “Los juicios por jurados mejoran la investigación; las partes tienen que presentar casos mucho más claros, para que doce personas que están escuchando entiendan lo que está pasando, y mejora la producción de la prueba”, agregó.
En cuanto a temas pendientes, el juez también criticó la logística y la falta de información previa con la que cuenta la ciudadanía en cuanto a sus derechos y obligaciones en los juicios por jurados. “La gente tiene que saber que le puede tocar cumplir ese papel. Falta mucha educación en los colegios, en entidades barriales, desde el periodismo. Este es un derecho que surge de la Constitución y que permite participar del sistema de administración de justicia”, concluyó.
Más que una ficción
La película empieza con una citación para ser jurado en un caso gravísimo, para tener que decidir sobre la vida de alguien a quien acusan de algo. La primera respuesta es el rechazo, la queja, el insulto. Es intentar zafar, escapar, fugarse de la responsabilidad. Pero la película sigue: el día del juicio llega y algo en cada una de las personas que quedan seleccionadas como integrantes del jurado popular cambia, se transforma. Se vuelven parte del sistema judicial, jueces de los hechos que tienen que resolver sobre la vida de ese alguien que dicen que hizo algo. Culpable o no culpable. El veredicto que den, sea cual sea, es transformador para los jurados y también sana una cuota de desconfianza que hay con el Poder Judicial.
Los juicios por jurados no son solo parte del imaginario made in Hollywood y, en Mar del Plata, dejan de ser una ficción para ser un derecho y una obligación ciudadana.
*Trabajo final realizado para el taller del Foro de Periodismo Argentino (Fopea) y la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ): “Taller de periodismo judicial. Investigación en red y con datos”.