Organizaciones promueven una ley de comercialización de sucedáneos de leche humana
El objetivo es ir hacia un "entorno libre de presiones comerciales y marketing abusivo de las empresas" para que "las personas puedan tomar decisiones libres e informadas acerca de la alimentación de sus bebés".
Organizaciones de la sociedad civil, con apoyo de Unicef Argentina, impulsan un proyecto de Ley Integral de Comercialización de Sucedáneos de Leche Humana con el objetivo de regular la venta de fórmulas infantiles para asegurar un “entorno libre de presiones comerciales y marketing abusivo de las empresas”, informaron hoy las entidades.
La iniciativa fue elaborada por un grupo de 14 organizaciones de la sociedad civil nucleadas en la Red por la Ley del Código y pretende “asegurar un entorno libre de presiones comerciales y marketing abusivo de las empresas, para que las personas puedan tomar decisiones libres e informadas acerca de la alimentación de sus bebés”, explicaron a través de un comunicado.
“La importancia del proyecto tiene que ver con la protección de la lactancia humana, el primer alimento soberano y saludable. Hay un avance muy fuerte de estrategias de comercialización agresivas en un momento en que la persona que amamanta está en un estado de vulnerabilidad, que es el puerperio”, dijo a Télam Ana Cáceres, presidenta de la Federación Argentina de Graduados en Nutrición (Fagran) que integra la red junto a otras organizaciones como el Comité Nacional de Lactancia Materna de la Sociedad Argentina de Pediatría y la Fundación Interamericana del Corazón.
Los sucedáneos son productos comercializados como un sustituto parcial o total de la leche humana, como las fórmulas para bebés, que son “necesarias para aquellas situaciones en que está contraindicada la lactancia o en las que no se desea y de manera autónoma e informada se decide no amamantar”, se precisó en el texto.
Ya en 1981, la OMS sancionó el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna para hacer frente a las agresivas tácticas de promoción de las empresas.
Argentina adoptó el Código en 1997 y en 2007 fue incorporado en el Capítulo XVII del Código Alimentario Argentino, en el que se establece que todos los materiales informativos deben incluir las ventajas de la lactancia natural, al mismo tiempo que dispone que los sucedáneos no deben ser objeto de publicidad destinada al público en general y tampoco los fabricantes pueden facilitar muestras gratis de los productos.
Sin embargo, Cáceres advirtió que la regulación en Argentina es “muy débil” y subrayó la necesidad de sancionar una ley “completa e integral”.
Los índices actuales muestran que, si bien el porcentaje de inicio de la lactancia es alto (97%), la prevalencia de lactancia materna exclusiva (LME) al sexto mes es de 44%, según datos del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de 2019.
“Necesitamos una ley que indique claramente el alcance del Código hasta los 36 meses de edad de niños y niñas, y regule la comercialización de sucedáneos, mamaderas, tetinas, chupetes y alimentos complementarios”, resaltó Cáceres.
Otros de los ejes del proyecto es la prohibición de toda mención o declaración de propiedades nutricionales y de salud en el etiquetado, de toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos.
También se busca regular todo conflicto de interés en instituciones de salud y asociaciones profesionales y científicas; y establecer un “sistema eficaz y transparente de monitoreo, fiscalización y aplicación de sanciones frente a los incumplimientos”, se agregó en el comunicado.