Trabajadores de Clarín denuncian que la empresa “se niega a acatar la conciliación obligatoria”
Una escribana acompañó a las trabajadoras y trabajadores despedidos a la puerta del diario para certificar el "incumplimiento" de la empresa.
Integrantes de la comisión interna de trabajadores del diario Clarín advirtieron este lunes que la empresa “se está negando a acatar la conciliación obligatoria” dictada por el Ministerio de Trabajo luego de los “despidos injustificados” de al menos 48 trabajadores del multimedios.
“La empresa se está negando a acatar la conciliación obligatoria. No está dejando pasar a los compañeros y compañeras despedidos que tienen que ser reincorporados por la conciliación”, explicó el delegado de Clarín y secretario de Asuntos Profesionales del Sindicato de Prensa de Buenos Aires (Sipreba), Matías Cervilla, en declaraciones a Télam.
Por este motivo, una escribana acompañó a las trabajadoras y trabajadores despedidos a la puerta del edificio ubicado en la calle Tacuarí al 1800 del barrio porteño de Constitución para certificar el “incumplimiento” de la empresa, y los delegados se encontraban a la espera de la reunión convocada por el Ministerio de Trabajo para las 14.30, para definir los pasos a seguir.
“Son 48 los despidos pero todavía estamos recabando información para constatar que no haya más, porque también puede haber contratados que la empresa no haya contabilizado porque no los toma como trabajadores”, había detallado ayer Cervilla.
Ante los despidos, una asamblea de dirigentes y delegados sindicales de prensa fue convocada en las puertas de Clarín, donde se dispuso un paro general aunque la huelga quedó supeditada al cumplimiento de la conciliación por parte de la empresa.
La medida ministerial dictada el domingo implica que la situación debe retrotraerse al momento previo a los despidos, además de haber llamado a las partes a la audiencia de este lunes.
El Ministerio de Trabajo, que conduce Raquel ‘Kelly’ Olmos, dio por iniciado un “período de conciliación obligatoria por el plazo de quince (15) días”, debiendo “retrotraerse la situación a la existente con anterioridad al inicio del conflicto”.
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