Zona Roja: la Cámara Federal falló a favor del Comité de Lucha contra la Trata
El fallo revoca una sentencia de primera instancia que había denegado a ese organismo un recurso de amparo colectivo por la ordenanza que multa la actividad sexual en determinados sectores de la ciudad.
Vecinos protestan por la Zona Roja (foto archivo).
La Cámara Federal de Mar del Plata avaló en un fallo la capacidad procesal del Comité Ejecutivo de Lucha contra la Trata y la Explotación de Personas para interponer acciones de amparo en las temáticas en las que es competente, y revirtió así una sentencia de primera instancia que le había denegado a ese organismo público un recurso de amparo colectivo contra la ordenanza del municipio de General Pueyrredon que regulaba la oferta y demanda de servicios sexuales en la vía pública.
Los camaristas Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez entendieron, al igual que el fiscal general ante la Cámara Federal, Daniel Eduardo Adler, que el Comité Ejecutivo -cuyo director operativo es Gustavo Vera, quien había presentado un amparo en julio de 2022- cuenta con autonomía funcional basada en la normativa vigente y en tratados internacionales, para proteger los derechos humanos de las víctimas de explotación sexual y trata de personas.
El nuevo fallo reconoce “la aptitud del Comité Ejecutivo para accionar judicialmente en nombre del Estado nacional pues, este último (…) se compone de órganos que, si bien no poseen personalidad jurídica y no son sujetos de derechos, expresan su voluntad”.
La sentencia además reafirma que “la aptitud del Comité Ejecutivo para ejercer la presente acción colectiva en nombre del Estado Nacional debe analizarse en función de su condición de órgano estatal y de su competencia, siendo esta última la que define sus atribuciones”.
En junio del año pasado, el Concejo Deliberante de General Pueyrredón sancionó una ordenanza para reglamentar y regular la oferta y demanda de servicios sexuales en la vía pública en el distrito a partir de una presentación hecha por el oficialismo (JxC), que fue presentada como un ordenamiento de una “zona roja” y establecía multas y arrestos para los que no respeten las áreas y horarios estipulados.
Un mes más tarde, en su recurso de amparo colectivo contra esa norma avalada por el intendente Guillermo Montenegro sostuvo que la cuestionada normativa permitía la aplicación de multas y la privación de la libertad de personas que podrían ser víctimas de explotación sexual, contradiciendo la legislación nacional e internacional a la que adhiere Argentina.
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