La Cámara ordenó desalojar los terrenos usurpados en Las Heras
El tribunal superior avaló el pedido de la fiscalía y del municipio. Ahora, el magistrado de Garantías Saúl Errandonea tiene que determinar el momento en que se llevará a cabo el procedimiento.
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal revocó este sábado la decisión de primera instancia y ordenó el desalojo de los terrenos usurpados en el barrio Las Heras.
De todas maneras, el procedimiento no será inminente. Es que los magistrados Pablo Poggetto y Raúl Paolini le ordenaron al juez de Garantías Saúl Errandonea que disponga el momento en que se retirará a las personas del predio ubicado en Fortunato de la Plaza y Rufino Inda pero resolvieron que se disponga de un plazo razonable para que puedan dejar el lugar de manera voluntaria.
En ese contexto, en un falló de trece páginas, la Cámara también marcó los lineamientos en que deberá producirse el lanzamiento. Entre ellos dispuso que se tendrá que realizarse de día “no pudiendo instrumentarse cuando las condiciones climáticas sean adversas”.
Además, los magistrados aclararon que en caso de que se necesita usar la fuerza pública “deberá efectuarse con el mayor cuidado de la integridad física de las personas que ocupen el predio y de los bienes que allí se hallaren, debiendo acudir al uso de la fuerza solo en caso en que resulte indispensable y en la menor medida posible”.
En ese sentido, exigieron que en ese caso deberá estar presente el servicio de asistencia médica, ambulancia, internación y el de traslado de las personas que se requieran.
Entre las pautas para efectuarse el desalojo, los camaristas también remarcaron que se deberá comunicar “el día y la banda horaria de dos horas en que se ejecutará el mandato judicial”. “Asimismo, deberá preverse una fecha alternativa para el supuesto de suspensión de la ejecución de la medida”, aclararon.
Entre los argumentos para ordenar el desalojo, la Cámara tuvo en cuenta el informe de Obras Sanitarias en el que se señala la forma en que la toma afecta a los vecinos del barrio y que los terrenos no son habitables por lo que representan un peligro. “La ocupación del predio, en el que se alojaron familias con niños, ha aumentado la vulnerabilidad de quienes conforman el grupo, exponiéndolos a potenciales inconvenientes de salud y seguridad que se pueden tornar irreparables e irreversibles y, a la par de ello, afecta directamente a terceros que a través de políticas públicas orientadas a una eficiente urbanización, pueden comenzar a padecer anegamientos en sus viviendas o espacios de residencia, con las implicancias negativas que ello apareja”, destacaron.
El conflicto comenzó el domingo a la noche de la semana pasada cuando un grupo de personas tomó los terrenos linderos al Polideportivo municipal de barrio Las Heras. Un día después, el intendente Guillermo Montenegro se refirió a la usurpación de tierras y dejó en claro la postura del municipio al afirmar que “el que toma un terreno es un delincuente”.
Ese día, el jefe comunal explicó que la toma se produce en “terrenos que son municipales, pero que además tienen una función específica para OSSE, que tiene que ver con que es un reservorio que se utiliza para los momentos de inundación”.
Por su parte, el fiscal Juan Pablo Lódola, como representante del Ministerio Público, y Montenegro, en su carácter de particular damnificado, solicitaron el “lanzamiento” de los ocupantes, término que se utiliza en el sentido de desalojo. Para justificar esa medida, el fiscal aceptó la documentación extendida por el Municipio y citó los distintos agravios con la esperanza de que la Justicia de Garantías autorizara medidas para liberar ese predio.
Sin embargo, el juez Errandonea rechazó el pedido por considerar que no había un informe del riesgo de esas tierras ni tampoco un relevamiento preciso de las personas que las ocuparon, de manera que ordenó se agregue esa información para poder tomar una medida.
Ante esta situación, Lódola y el Municipio recurrieron la decisión ante la sala 3 de la Cámara de Apelaciones, quien este sábado les dio la razón.
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