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La Zona 23 de junio de 2022

Capacitan a productores rurales sobre prevención de incendios forestales

El área de Defensa Civil dio precisiones sobre el plan de manejo del fuego en zonas rurales y la ordenanza municipal que estipula diferentes cuestiones, como precauciones ante la quema de pastizales y cómo accionar ante algún siniestro de esta índole.

MIRAMAR (Corresponsal). – El voraz incendio forestal ocurrido el pasado verano que barrió con varias hectáreas de establecimientos rurales privados linderos al vivero dunícola “Florentino Ameghino”, obligó a potenciar medidas preventivas a través de un trabajo conjunto entre el municipio, bomberos y el sector privado.

En ese sentido, desde el área de Defensa Civil se está llevando adelante un ciclo de capacitación sobre este tipo de siniestros y cómo accionar, según el protocolo indicado y las medias establecidas en la ordenanza 15/22.

La iniciativa cuenta con el apoyo del municipio de General Alvarado, el INTA, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires, U.A.T.R.E. y el CEA N°1.

“El propósito es capacitar a productores, trabajadores rurales y la gente que vive en la zona rural mediante un plan de manejo de incendios forestales e interfase que regula varias actividades, entre ellas las quemas controladas que realizan en los campos”, dijo a LA CAPITAL, el director de Defensa Civil, Sergio Angelozzi.

“Deben pedir una autorización de bomberos, se les hace un asesoramiento técnico en cuanto a día, hora y método a utilizar. No se puede poner en práctica este procedimiento cuando se quiera, hay circunstancias que deben respetarse y figuran en la legislación”, amplió en funcionario.

A futuro también se piensan en acciones de promoción sobre incendios con mucho control debido a que ya hay un cuerpo de guardaparques trabajando en el vivero de Miramar, declarado reserva natural forestal por el Concejo Deliberante.

“Tenemos herramientas legales para poder controlar y regular muchas actividades, así que desde la próxima primavera vamos a potenciar fuertes campañas de concientización”, remarcó Angelozzi.

¿Qué estipula la ordenanza?

La afectación en la flora y fauna regional, tanto originarias como implantadas por el hombre, puso en riesgo no solo valores patrimoniales e histórico culturales, sino también la vida de los vecinos.

Las condiciones propicias para los incendios en la interfase forestal / urbana coinciden con la temporada estival, y en esta época se vio mediante un período de sequía que acarreó la emergencia ígnea declarada el 10 de enero del 2022.

Esto dio origen a la elaboración de un Programa para la Prevención de Incendios Forestales en Miramar y el resto de las localidades que componen el distrito de General Alvarado.

Según se informó, el organismo regulador está constituido por Defensa Civil, el cuartel de Bomberos Provincial, la Subsecretaría de Seguridad y tiene como objetivo principal la organización y planificación de todas las acciones necesarias e inherentes a la prevención y detección temprana de este tipo de siniestros.

Paralelamente, determinará las políticas y procedimiento a seguir frente a un hecho de estas características, como apertura de caminos en montes, bocas hidrantes, prevención en tendido eléctrico, podas, limpiezas, campañas de concientización y soterramientos de cables.

Otra de las cuestiones tenidas en cuenta por los legisladores, fue que se observa un alarmante crecimiento en la acumulación de residuos forestales de origen atípico, tales como limpieza de terrenos, podas regulares, mantenimientos de parques y jardines, y los generados por la naturaleza (estacionalidad, caída de árboles) como así también el incremento de quema para la limpieza de campos de grandes extensiones, sin los cuidados correspondientes.

Paralelamente, quedó establecido que se prohíbe en todo el Partido de General Alvarado el uso de fuego como método de “quema controlada” en el ámbito rural o forestal, a excepción de los casos donde se tramiten los permisos correspondientes en la forma que se determine en el Plan Anual de Manejo de Fuego dictado por el organismo de aplicación.

Propiedades forestadas

Dentro del articulado también se estableció que toda propiedad forestada mayor a 4 hectáreas de monte / bosque, deberá poseer caminos contrafuegos internos cada 150 metros, exceptuando el sector del mismo que limite con la traza vial.

De igual manera, los propietarios de este tipo de masas forestales se verán obligados señalizar de manera visible y suficiente la prohibición de encender fuego.