“Pionono” López, el acusado de homicidio absuelto por “duda razonable”
En los argumentos expuestos por el Tribunal N° 3 para justificar su veredicto, destacaron la investigación del fiscal Alejandro Pellegrinelli, pero consideraron que a partir de la prueba producida no se puede afirmar que el imputado sea el autor del asesinato de Francisco Ariel Velázquez Contreras el 28 de febrero de 2019. De esta manera ordenaron su inmediata libertad.
Tribunales Mar del Plata.
El Tribunal Oral N° 3 dio a conocer los argumentos de la sentencia absolutoria de Jonathan “Pionono” López en el juicio por el asesinato de Francisco Ariel Velázquez Contreras y si bien destacaron la investigación realizada por el fiscal Alejandro Pellegrinelli, consideraron que a partir de la prueba producida existe “duda razonable” en cuanto a la autoría del crimen.
De esta manera, los jueces Federico Wacker Schroder, Juan Manuel Sueyro y Fabián Riquert si bien absolvieron al acusado, se apartaron de de la conclusión de la defensa de López, que en su alegato aseguró que el imputado no tuvo nada que ver con los hechos sangrientos y que todo se trataba de un caso de “certeza negativa” en su contra, ya que surge que la familia de la víctima
efectivamente conocía del barrio al “Pionono” López, y quedó en evidencia la existencia de un conflicto de años atrás entre ambos. Luego del hecho comenzaron los rumores, y algunos datos objetivos en común: la existencia de un auto color rojo dando vueltas con cuatro persona en su interior. Ya en el hospital, entre familiares surge el nombre de López y una búsqueda en Facebook le puso un rostro concreto.
Durante el debate, quedó acreditado que el 28 de febrero de 2019, a las 19, cuatro hombres que iban a bordo de un VW Gol Trend rojo con vidrios polarizados, interceptaron a Francisco Ariel Velázquez Contreras en la intersección de Rufino Inda y Calabria, y descendiendo uno de ellos se dirigió a la víctima efectuándole con el inequívoco fin de provocarle la muerte al menos 9 disparos con una pistola presumiblemente calibre 45, para luego darse a la fuga del lugar. A raíz de los impactos recibidos, Velázquez Contreras falleció a causa de shock hipovolémico por disparo de arma de fuego en tórax y abdomen.
“¿Es probable que hubiera sido una de las cuatro personas a bordo del auto gol color rojo?”, se preguntaron los jueces en la sentencia, a lo que respondieron: “La respuesta es sí, es probable, pero no existe un grado de certeza que permitan afirmar, más allá de toda duda razonable, que López fuera la persona que efectuó los disparos. En todo proceso penal, en la etapa de juicio, la exigencia probatoria para una sentencia de condena es mayor que en las etapas anteriores, y ese grado de certeza no se ha visto en este juicio, por lo que para el caso de duda razonable, corresponde la absolución”.
Cabe recordar, que en su alegato el fiscal Pellegrinelli había solicitado una pena de 17 años para López. En su exposición, hizo una descripción acerca de la situación social de algunos barrios de la ciudad, de extrema vulnerabilidad, y donde la violencia es la regla, y la solución a los conflictos interpersonales no se resuelven de manera institucional, sino a través de la violencia por el miedo a represalias si se denuncia a las autoridades y que, la muerte de Velázquez Contreras es muestra de eso. Con respecto a la producción de la prueba, expresó que de los catorce testigos citados, seis tuvieron que ser conducidos con el auxilio de la fuerza pública, a dos de ellos les pidió que se les forme causa por incurrir en el delito de falso testimonio, y finalmente otros dos que residen en la ciudad de Bariloche tuvo que realizar enormes diligencias para que quisieran declarar en la sede judicial de un organismo de esa ciudad.
En cuanto a estas dificultades en la producción de prueba, los jueces del Tribunal Oral N° 3 consideraron que el fiscal Pellegrinelli realizó una “investigación penal preparatoria con el mayor de los profesionalismos”. Además, los magistrados que esa situación social de violencia que se vive en barrios de la ciudad, “ya no se trata del mero incumplimiento de las normas, sino que aparecen bajo la superficie otras ‘normas míticas o códigos prácticos’ que en forma ‘paralela’ se encuentran vigentes, y que rigen en determinado territorio para sus habitantes, donde sus derechos básicos se encuentran fuertemente resentidos. Este fenómeno se observa principalmente en las periferias de las grandes ciudades de nuestro país“.
En cuanto a las pruebas analizadas, los magistrados reconocieron que se han hecho allanamientos en la causa, pero que no se ha secuestrado en poder de López las prendas que todos los testigos describieron, tampoco se logró el secuestro del arma de fuego para poder cotejar con los cartuchos secuestrados en el lugar del crimen, por lo ello también impide construir por prueba indiciaria su participación en los hechos
De esta manera, ante la duda razonable en la participación de López, los jueces Federico Wacker Schroder, Juan Manuel Sueyro y Fabián Riquert resolvieron absolver al hombre y ordenar su inmediata libertad. El crimen de Velázquez Contreras, ocurrido el 28 de febrero de 2019 continúa sin resolver.