Procesaron a pareja ruralista y a un abogado por trata laboral
Las víctimas son dos jóvenes varones y una pareja que vivió con su bebé de un año en el predio rural. Habitaron un colectivo abandonado, en condiciones de absoluta precariedad. Nunca recibieron un pago y la labor sobrepasaba las horas dispuestas en la ley de trabajo agrario. La causa se inició a partir de una denuncia por amenazas y violencia, hechos por los que el productor también fue procesado.
El juez Santiago Inchausti.
Una pareja de productores agropecuarios y un abogado que tenían a su cargo la explotación de un campo ganadero en la zona de Sierra de los Padres fueron procesados por el delito de trata de personas.
Tras una investigación a cargo de la Fiscalía Federal N°1 de Mar del Plata, el juez Santiago Inchausti, a cargo del Juzgado Federal N°3 de Mar del Plata señaló en una de sus resoluciones que “fueron las propias conductas de los imputados las que, a través del reclutamiento o captación de sus voluntades y acogimiento, los mantenían sometidos en condición de explotación laboral constante sin opción de modificarla”.
Para el juez, las tres personas coimputadas “habrían actuado en connivencia y tenían pleno conocimiento de las tareas desarrolladas en el campo, y de la situación en la que se encontraban las víctimas”. Al analizar la situación del letrado, el juez sumó que “dado su profesión de abogado y conocimiento específico respecto de la ley, no podía (…) desconocer la ilegalidad en la que se enmarcaba la situación de las víctimas”. “Más aún –razonó el juez- cuando figuraba como titular del contrato de aparcería de la finca en la cual prestaban tareas y cuyo instrumento estipulaba específicamente la facultad de contratar personal para las tareas requeridas”.
Las tres personas acusadas fueron procesadas por el delito –agravado- de trata de personas con fines de explotación laboral y con el objeto de reducir o mantener a las víctimas en condiciones de esclavitud o servidumbre. El productor agropecuario, además, está acusado del delito de coacción agravada, lesiones leves agravadas y lesiones leves y daño.
Además, el juez dispuso un embargo preventivo de 5 millones de pesos sobre cada procesado/a, al contemplar el costo estimativo a calcularse por cada una de las víctimas en concepto de salarios no abonados e indemnizaciones.
Para obtener el cálculo, el magistrado dejó expreso que contempló las condiciones habitacionales, el periodo desempeñado, los salarios correspondientes y los beneficios sociales a los que nunca tuvieron acceso –como obra social, aportes jubilatorios y vacaciones-, los aguinaldos y las horas extras trabajadas, a lo que también “se suma el daño moral que las víctimas han padecido, en muchos de los casos en forma inconsciente, en virtud de los mecanismos empleados por sus explotadores”.
El juez mantuvo la prisión preventiva del productor agropecuario mientras que, en relación con el abogado, admitió la morigeración solicitada y dispuso el arresto domiciliario.
A partir de los hechos, que sucedieron el 2 de junio de este año, se formó una causa en el fuero provincial, que declinó luego la competencia en favor del fuero federal ante la posible configuración del delito de trata de personas, luego de que las víctimas relataron la situación en la que se encontraban.
La pareja relató en la sede policial de Balcarce que hacía dos meses prestaban funciones en la estancia Santa Catalina, ubicada entre aquella ciudad y Vivoratá. Hasta allí había llegado el productor imputado -a quien identificaron como el dueño del campo, aunque en realidad tenía a cargo la explotación del predio junto a su pareja- a bordo de una Toyota Hilux blanca, junto a otras personas. La mujer le reclamó alimentos adeudados y las condiciones “denigrantes” en que estaban ante la imposibilidad de darle de comer a su hijo, un bebé de un año. La respuesta que obtuvieron, según sus dichos, fueron agresiones verbales y físicas.
Frente a la hipótesis de un caso de explotación laboral o trata de personas y como consecuencia del pedido de la fiscalía, el juzgado dispuso el allanamiento urgente del predio de la ciudad de Balcarce, donde se halló otras dos posibles víctimas y el contrato de aparcería del campo de más de 400 hectáreas, suscripto por la mujer y el abogado procesados.
En la resolución, el juez expresó que en cada uno de los casos “sus expresiones y el consentimiento que directa o indirectamente hubieran prestado para la propuesta laboral -captación- y su acogimiento en el lugar, deben ser analizados partiendo del contexto social al que pertenecen, su situación económica, cultural, administrativa, su pertenencia a la población trabajadora no registrada, lo que los ubica entre los colectivos más vulnerables al empleo irregular y a la explotación laboral”.