Condenaron a una mujer por incitar a la violencia contra tres abogadas
Rosana Roldán recibió 3 años de prisión en suspenso por haber incitado a una turba a perseguir, insultar y agredir a Patricia Perelló y sus dos asistente tras una audiencia por el caso Melmann, en la que los expolicías condenados recibieron salidas transitorias.
La denuncia la impulsó la abogada Patricia Perelló.
Una mujer fue condenada por haber incitado a la violencia contra las abogadas que representan a los expolicías condenados por el femicidio y violación de Natalia Melmann.
En un juicio abreviado realizado en el Juzgado Correccional N° 5, el juez Leonardo Celsi condenó a 3 años de prisión de ejecución condicional a Rosana Roldán por el delito de incitación pública a la violencia colectiva, por los hechos ocurridos el 20 de octubre de 2017 y que tuvieron como víctimas a las abogadas Patricia Perellí, Noelia Agüero y Mariana Fardín.
En el juicio abreviado, la abogada Patricia Perellí solicitó que el fallo transmitiera un mensaje a la sociedad para que no se naturalicen episodios de violencia similares y denunció que el Poder Judicial las había dejado “desamparadas” y demandó que el Estado adopte medidas para no se repita algo similar.
El juez Celsi destacó la “empatía” de la defensora de Roldán y, como la imputada no contaba con antecedentes, se acordó que además de la pena en suspenso, la mujer deberá cumplir reglas de conducta, como la de fijar domicilio en la provincia de Buenos Aires por los próximos dos años y someterse al control del Patronato de Liberados.
Agresiones en Tribunales
El viernes 20 de octubre de 2017, luego de una audiencia en la que la Cámara de Apelaciones le otorgó salidas transitorias a los tres expolicías condenados por violar, torturar y asesinar a Natalia Melmann en 2001 en Miramar, la abogada que los defiende, Patricia Perelló y sus dos asistentes, fueron agredidas a la salida de Tribunales por un grupo de personas que repudió el fallo y las insultaron, persiguieron, amenazaron e incluso les tiraron piedras.
El violento episodio ocurrió en el playón de Tribunales -Tucumán y Almirante Brown- y tuvo como protagonista a Rosana Roldán, quien incitó públicamente a un grupo de veinte personas para que de manera conjunta persiguieran y agredieran a las abogadas, obligándolas a resguardar su integridad física en una cochera ubicada en calle Falucho 1860.
“El hecho en juzgamiento resulta intolerable”
En la sentencia, el juez Celsi calificó de “intolerable” lo ocurrido y se preguntó: “¿Cómo podría administrarse justicia, si los abogados no brindaran asistencia a las partes en los procesos, porque debieran interponer sus cuerpos para el ejercicio de su ministerio? Ningún proceso penal podría avanzar sin defensa”.
“El hecho en juzgamiento resulta intolerable, y la reacción punitiva fijada en el mínimo se vincula a las ventajas propias de la asunción del trámite abreviado antes que al merecimiento de pena. Este suceso, en el que tres mujeres
fueron perseguidas por una turba alienada, golpeadas y amedrentadas por su condición de abogadas defensoras de una parte, merecería una reacción mucho mayor. Al momento que las víctimas se refugiaban de las agresiones en una cochera, la acusada, apenas contenida por las fuerzas policiales del Grupo Anti Disturbios, lideraba el grupo, gritando ‘hija de puta’, cantando ‘como a los nazis les va a pasar, a dónde vayan las iremos a buscar'”, expresó el juez del Juzgado Correccional N° 5.
“Las abogadas Patricia Perelló, Noelia Agüero y Mariana Fardín, fueron perseguidas y agredidas física y
verbalmente por el sólo ejercicio de su profesión en el rol de defensoras, en actuaciones vinculadas con el homicidio de Natalia Melmann”, dijo el magistrado y agregó que con este tipo de hecho se “obstaculiza la administración de justicia, y por ende, se pone en crisis el principio republicano de nuestra Constitución Nacional. Lo peor del caso es que ello se haya hecho bajo el pretexto de un reclamo de justicia”.
“Si la acusación (Fiscalía y particular damnificado) y el acusado no contaran con abogados, porque las partes contendientes pudieran libremente ofenderlos, amenazarlos e incluso agredirlos físicamente por el ejercicio de sus
funciones, el sistema no podría funcionar. Tolerar ello equivaldría a suprimir el servicio de justicia y contentarse con la venganza privada. Ello, en frontal choque con el programa de nuestra Constitución”, explicó Celsi.
“No puede olvidarse que en esta ciudad, en las jornadas más oscuras para la República, ya fueron elegidos los
abogados como blancos privilegiados de la violencia. Va entonces en esta sentencia una cuota de cumplimiento de aquel juramento de cumplir con la ley y la Constitución, que he prestado al asumir esta responsabilidad”, concluyó el juez Celsi.
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