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La Ciudad 25 de febrero de 2016

Cuestionan una promoción que distribuyó bebidas energizantes a menores de edad

Recuerdan que el expendio de este tipo de bebidas está regulado por ordenanza. Pidieron informes sobre la autorización a dicha promoción y el control por realizarse fuera de norma.

El concejal Alejandro Ferro cuestionó la realización de una promoción en la escollera Norte, en la que se distribuyeron gratuitamente bebidas energizantes. El edil recordó que el expendio de este tipo de bebidas está regulado por una ordenanza en la que se detalla expresamente que no pueden ser dadas a menores de edad y que quienes las distribuyan deben exhibir carteles que indican tanto dicha prohibición, como una leyenda que diga que su mezcla con bebidas alcohólicas puede ser perjudicial para la salud e, incluso, causar la muerte.
Ante el desarrollo de esta actividad promocional, aparentemente fuera de regla, Ferro elevó un pedido de comunicación en el que “solicita al Departamento Ejecutivo informe sobre la campaña publicitaria desarrollada en la escollera Norte vinculada con la promoción y estímulo del consumo de bebidas energizantes”. Entre los puntos sobre los que se piden datos figuran: dar a conocer “los organismos intervinientes en la autorización de esta promoción; si intervino la Secretaría de Salud municipal o la autoridad sanitaria provincial correspondiente; los ingresos percibidos por tal autorización y, si no fue autorizada, los motivos por los cuales no fue secuestrada la totalidad de los elementos que forman parte de la acción; en el marco de qué excepción a la normativa vigente se ha permitido esa acción; si existen presentaciones ante el Consorcio Público Escollera Norte para disponer la autorización de uso de los espacios públicos de la misma con otros fines a los contemplados en el Estatuto de funcionamiento del Consorcio y en el contrato de cesión de uso de la escollera Norte por parte del Ministerio de Defensa de la Nación, el Estado Mayor General de la Armada y el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; y si el Consorcio Público Escollera Norte se ha expedido favorablemente sobre la posibilidad de proponer facilitar el uso del espacio con estos fines y, para su caso, si ha comunicado dicha intención al Estado Mayor General de la Armada y al Ministerio de Defensa de la Nación”.
Ferro manifestó su preocupación por el reparto “de forma directa o indirecta de bebidas energizantes de una marca a menores de edad, lo que está prohibido por la ordenanza 19398 del año 2009”.
“Lo más grave es la falta de autorización y la falta de control de esta promoción, además de no respetar los términos de la ordenanza”, señaló el concejal.

Los considerando

En los considerando del proyecto de comunicación, Ferro argumenta “la importancia que tiene para la salud de la población que las políticas públicas en materia de difusión, promoción y permisos para la publicidad de productos sean meticulosas en la preservación de la salud pública”.
Y en este caso puntual, que “por una parte está promoviendo el acceso irrestricto, incluyendo a menores de edad, de un producto que en su propio envase recomienda consultar al médico antes de consumirlo y que, al mismo tiempo, indica la necesidad de colocarlo lejos del alcance de los niños”.
“Paradójicamente, la acción se desarrolla con un permiso u omisión de control del Estado, en un espacio público, poniendo el producto irresponsablemente en manos de personas sin advertirles el riesgo”, agregó.
Ferro agregó que “cuando se dieron a conocer las bebidas energéticas, fueron presentadas como una especie de milagro que te ayuda a recuperar fuerzas cuando estás muy cansado y requieres seguir activo. Sin embargo, no todo es lo que parece, ya que estos líquidos incluyen entre otros componentes cafeína, hidratos de carbono, azúcares y el aminoácido conocido como taurina, mismos que ingeridos de manera indiscriminada pueden causar daños a la salud, y algo mucho peor, generar hábitos no saludables”.
Pero indicó que “más allá de lo contradictorio e inadecuado que se da en este caso, ya de por sí los energizantes no son una bebida saludable ni promueven hábitos saludables, no se comprende dónde radica el interés público de promover este consumo”.
Además, “hay una flagrante transgresión a las normas vigentes. En primer lugar, es una promoción que no está autorizada por el Concejo Deliberante ni por las autoridades del Consorcio Escollera Norte, únicos organismos competentes en este caso para autorizar permisos de uso de espacios públicos en la escollera Norte”.
En tanto, la Ordenanza 19398, en su artículo 1º establece la prohibición en el ámbito del Partido de General Pueyrredon de la venta, expendio o suministro a cualquier título de bebidas energizantes a menores de dieciocho (18) años de edad, “circunstancia que se viola con claridad en el desarrollo de esta promoción”.
La norma también indica que en los comercios habilitados para la venta, expendio y suministro de bebidas energizantes se deberá exhibir un cartel con la siguiente frase: “Prohibida la venta de bebidas energizantes a menores de 18 años” y que en aquellos locales de diversión nocturna, bares, pubs, confiterías bailables, discotecas, boites o night clubs, confiterías con espectáculos en vivo, salones o lugares para espectáculos eventuales se deberá exhibir un cartel con la siguiente frase: “El consumo de bebidas energizantes mezcladas con alcohol es perjudicial para la salud y puede causar la muerte”.
Esta ordenanza también señala que “el Departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente, implementará y apoyará campañas de difusión para el conocimiento y concientización de la población, sobre los efectos que tiene para la salud de las personas las denominadas ‘bebidas energizantes’ y su mezcla con bebidas alcohólicas”.