Iba drogado y con 500 dosis de cocaína: chocó y fue condenado
El hecho por el que Eduardo José Resumil recibió la pena de 5 años y 6 meses de prisión ocurrió en marzo de 2019 en Parque Hermoso. Para los investigadores, tenía la sustancia en su poder con fines de comercializarla.
Un hombre fue condenado a 5 años y 6 meses de prisión por venta de drogas, luego de que la policía encontrara en su poder 500 dosis de cocaína en marzo de 2019, tras un accidente de tránsito.
El juicio oral en el que Eduardo José Resumil fue sentenciado por el delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización” se llevó a cabo recientemente en la sala del Tribunal Oral Nº 2. El fallo, dictado por Roberto Falcone, uno de sus integrantes, echó por tierra dos pedidos de nulidades del procedimiento solicitados por la defensa, y resolvió que a lo largo del debate había quedado acreditada la responsabilidad del imputado en el hecho ventilado.
El caso comenzó en los primeros minutos del 4 de marzo de 2019, cuando la policía llevaba a cabo un operativo en la zona de Parque Hermoso. Dos efectivos que iban a bordo de un patrullero observaron una camioneta marca Toyota Hilux que se desplazaba por la calle Lobería, entre 71 y 73, con las luces apagadas. De inmediato, los investigadores le hicieron señas al conductor para que detuviera su marcha, e incluso se activó la sirena del móvil.
De acuerdo con la pesquisa que se desarrollaría luego y que llegaría a juicio oral, el sospechoso no acató la orden y continuó su marcha, por lo que los uniformados fueron detrás suyo. Sin embargo, a pocos metros, la camioneta colisionó contra un árbol, frente a una plaza allí emplazada.
Rápidamente, un hombre y una mujer policías rodearon el vehículo. Esta última, según declararía luego, observó que el conductor hacía un movimiento extraño con el que intentaba cubrir una especie de lata de pintura, por lo que extrajo su arma reglamentaria y le espetó que se quedara quieto, además de poner sus manos en alto.
En ese marco, los investigadores requisaron al aprehendido y en su poder encontraron una pistola calibre 9 milímetros, un teléfono celular y 4200 pesos. En tanto, dentro del rodado hallaron una balanza de precisión y descubrieron que en el interior del balde que procuraba ocultar el sospechoso había bolsas en cuyo interior se escondía gran cantidad de pequeños envoltorios que contenían cocaína. En total, supieron luego, se trataba de alrededor de 500.
Acto seguido, vecinos de la zona comenzaron a arrojar piedras contra el móvil policial, por lo que los efectivos decidieron trasladar al detenido a la comisaría, a pesar de que aún no se habían conseguido los testigos del procedimiento.
Juez Roberto Falcone.
Ese fue uno de los puntos protestados por la defensa de Resumil, pero el juez Falcone no hizo lugar al reclamo debido a que, conforme dejó expresado en la sentencia, se había tratado de una situación especial y la decisión de los policías había obedecido a evitar el riesgo de daño a su integridad física al que estaban expuestos. Por otra parte, justificó la demora en la presentación de testigos en la declaración de uno de los uniformados, quien manifestó que los habitantes de la zona se habían negado a colaborar con el operativo debido a que conocían al hombre y les insumía temor.
No obstante, una vez en la seccional y ya normalizada la situación, un hombre y una mujer que habían visto lo ocurrido se presentaron finalmente como testigos.
Otra de las cuestiones que relcamó el abogado Javier de La Tore estuvo vinculada a la calificación del delito “tenencia de estupefacientes para su comercialización”. El representante legal del imputado expresó ante los jueces que la sola posesión de la cocaína no acreditaba que la intención de su cliente fuese venderla, y postuló que de la investigación no se desprendía que hubiera quedado descartada la posibilidad de que fuera a regalarla, por citar un ejemplo que contradijera la acusación.
El juez Falcone descartó ese planteo y fundamentó que el hallazgo y el secuestro de la balanza de precisión y el dinero en efectivo en poder de Resumil constituían una prueba valorable para el proceso.
Falta de memoria por intoxicación
Por otro lado, vale destacar que el magistrado Falcone consideró insólita la declaración del propio Resumil respecto de su estado al momento de ser detenido. “No recuerdo nada de lo que pasó. Estaba borracho y llevaba cuatro días consumiendo droga”, dijo el imputado durante el debate.
Al respecto, en el fallo al que accedió LA CAPITAL, el juez señaló: “No encuentro fundamento alguno que le otorgue crédito al planteo defensista. Máxime cuando el propio imputado al declarar -recordemos que el letrado refirió que el mismo negó la droga, la bolsa, el balde y el arma- aseveró que esa noche se chocó una planta porque estaba demasiado borracho y drogado”.
“En esa tesitura -agregó-, chocan en la ponderación que debo hacer el testimonio de dos policías plenamente contestes, que resultan garantes de impedir (y/o eventualmente procurar que se sancione) la comisión de delitos tal como manda el concreto deber que asumieran, con el testimonio del propio imputado en el debate, que lejos de resultar sólido y circunstanciado relató que chocó producto de la borrachera que tenía, y que no recordaba nada de lo que sucedió después, destacando (en el careo -NdR- con la mujer policía) que hacía cuatro días que estaba tomando droga y alcoholizándose. Su posición, debo decir, no formó en mí ninguna convicción favorable a sus intereses”.
Arma robada
A Resumil también lo condenaron por el delito de “portación ilegítima de arma de guerra”, ya que no tenía permiso para llevar consigo la pistola incautada. En suma, se supo durante la investigación que la misma había sido robada menos de un mes antes del hecho en cuestión durante una “entradera” en una casa.
Tras el hallazgo, el arma de fuego fue restituida a su propietario. Sin embargo, al imputado -que no tenía antecedentes penales- no se le encontraron pruebas de que hubiera participado en el asalto, aunque sí se indicó que estaba en conocimiento de la procedencia ilícita de la pistola.
Además de la pena de prisión que impuso a Resumil, de efectivo cumplimiento, el juez Falcone le fijó una multa que asciende a 162 mil pesos y ordenó la incineración de la cocaína secuestrada en su poder.
Falsamente acusado de doble homicidio
Entre 1999 y el 2000, Resumil pasó un año en prisión por haber sido falsamente acusado del doble crimen de Fernando Torales (19) y José Rodríguez (19), quienes fueron ejecutados el 15 de septiembre de 1999 en una casa de Vignolo al 2600.
Un adolescente sobrevivió a ese ataque. Cuando por fin pudo declarar señaló que los autores del brutal crimen habían sido “Tita” Alvarez Guerezar (nunca fue detenido ni localizado siquiera) y Resumil.
En octubre de ese mismo año Resumil fue detenido pese a negar enfáticamente haber participado del doble homicidio. Sin embargo, el testimonio del menor era contundente y Resumil debió pasar más de un año en prisión hasta que en noviembre de 2000 se llevó a cabo el juicio oral y quedó en libertad, luego de que se demostrara que el menor nunca había estado en condiciones de ver a los agresores.
Ante esta situación, los jueces ordenaron la inmediata libertad de Resumil, quien luego iniciaría una causa por daños y perjuicio contra el Estado, pero que sería desestimada por todas las instancias de la Justicia.
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