Impulsan programa de asistencia tributaria para sectores afectados por el aislamiento
Lo elevará el Ejecutivo al Concejo Deliberante. Incorpora propuestas realizadas desde la oposición. Buscarán aprobarlo en la sesión de la semana próxima.
El gobierno municipal elevará en las próximas horas un proyecto de ordenanza para crear un programa de asistencia tributaria destinado a establecimientos del sector gastronómico, hotelero y operadores turísticos afectados por las medidas dispuestas en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio.
El texto, que incorpora propuestas impulsadas previamente desde la oposición, es extensivo para salones de fiestas, gimnasios, natatorios, actividades deportivas y el transporte escolar.
En general, la iniciativa –que podría ser considerada en la sesión de la semana próxima– establece reducciones, suspensiones y facilidades de pago en concepto de tasas y derechos municipales. En esa línea, va en sintonía con las propuestas que para los mismos sectores impulsaron concejales del Frente de Todos. También Acción Marplatense se había pronunciado en favor de un plan integral de beneficios.
En primer lugar, la norma suspenderá por cuatro meses la aplicación del artículo de la ordenanza impositiva referido a los importes mínimos por anticipos de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene. Eso resultará aplicable a las respectivas declaraciones juradas de los períodos de la tasa cuyo vencimiento para la presentación y pago operen a partir del primer día del mes posterior al de la aprobación de la norma.
La ordenanza eximirá a los establecimientos gastronómicos del pago del derecho de ocupación o uso de espacios públicos para aquellos pedidos de nuevas colocaciones de mesas y sillas realizados hasta el 31 de diciembre de 2020.
A aquellos contribuyentes que hubieran realizado el pago anual se les computará un crédito equivalente al 50% del derecho abonado oportunamente que podrá ser acreditado contra la misma obligación para el periodo fiscal 2021.
También se eximirá a los establecimientos incluidos en programa del pago de la Tasa por Publicidad y Propaganda en lo referido a anuncios y cartelería visible desde la vía pública correspondientes al tercer cuatrimestre del ejercicio fiscal 2020.
El proyecto establece un descuento del 30% por cuatro meses en la Tasa por Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos para Grandes Generadores y una exención del 75% en la obligación anual del ejercicio 2020 del Derecho a los Juegos Permitidos.
En este caso, a aquellos contribuyentes que hubieran realizado el pago anual se les computará un crédito equivalente al 75% del derecho abonado oportunamente que podrá ser acreditado contra la misma obligación resultante para el periodo fiscal 2021.
Los establecimientos hoteleros y de salones de fiestas gozarán de una exención del 75% en los anticipos 4 a 10 de la Tasa por Servicios Urbanos y la Contribución a la Salud, la Educación y el Desarrollo Infantil del ejercicio fiscal 2020, que podrá ser prorrogada por el Departamento Ejecutivo hasta el 31 de diciembre de 2020.
El Departamento Ejecutivo establecerá un plan especial de facilidades de pago para las deudas correspondientes a los anticipos anteriores. Determinará una modalidad de hasta 12 cuotas y una reducción de hasta el 100% sobre los recargos e intereses devengados al momento del acogimiento. No se aplicarán intereses de financiación y la fecha de vencimiento de la primera cuota operará durante enero de 2021.
Además, el Departamento Ejecutivo queda facultado para modificar las fechas de vencimiento en caso de que las condiciones sanitarias generen que en dichas fechas no hubieran vuelto a la actividad.
A aquellos contribuyentes que hubieran realizado pagos por esos anticipos se les computará un crédito equivalente al 75% del anticipo abonado oportunamente que podrá ser acreditado contra la misma obligación resultante para el periodo fiscal 2021.
Otras disposiciones
El proyecto especifica para los titulares de licencias municipales de transporte escolar una bonificación del 50% en las cuotas correspondientes al año 2020 del impuesto a los automotores descentralizados.
A aquellos contribuyentes que hubieran realizado pagos por dichos anticipos se les computará un crédito equivalente al cincuenta por ciento 50% del anticipo abonado oportunamente que podrá ser acreditado contra la misma obligación resultante para el periodo fiscal 2021.
Obras Sanitarias establecerá para los establecimientos hoteleros, salones de fiestas, gimnasios y natatorios un descuento del 75% por los períodos 4 a 10 del corriente año en los cargos fijos, un descuento del 75% por los mismos períodos en el Fondo de Infraestructura, Gestión de la Calidad del Agua y del Efluente Cloacal de la Ciudad de Mar del Plata y un descuento del 100% por los mismos períodos en las penalidades por exceso de consumo.
A aquellos usuarios que hubieran realizado el pago de dichos periodos se les computará un crédito equivalente al 75% o 100%, según corresponda de los importes abonados oportunamente, que podrá ser acreditado contra la misma obligación resultante para el periodo fiscal 2021.
Podrán acogerse al Programa de Asistencia Tributaria Local aquellos establecimientos que hubieran mantenido la nómina de personal en relación de dependencia correspondiente al 31 de marzo 2020.
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