Aprueban el protocolo de recomendaciones para la industria de la construcción
Fue elaborado por la Uocra y la Cámara Argentina de la Construcción.
El gobierno de la provincia de Buenos Aires aprobó este viernes el “Protocolo de Recomendaciones Prácticas para la Industria de la Construcción“, aplicable en la emergencia sanitaria dispuesta en virtud de la pandemia por coronavirus.
En la resolución 165 publicada en el Boletín Oficial del distrito, con la firma de la ministra de Trabajo, Mara Ruiz Malec, se detalla que el protocolo fue elaborado por la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (Uocra) y la Cámara Argentina de la Construcción (Camarco) y presentado ante esa cartera.
El Ministerio de Trabajo dictó semanas atrás una resolución que dispuso la obligación para los empleadores de implementar un protocolo mínimo de seguridad y salud en el ámbito laboral “adecuado a las tareas y actividades que se realicen en cada uno de sus establecimientos”.
Ese protocolo debe ajustarse a las recomendaciones sanitarias dispuestas por autoridades nacionales y provinciales en relación con la actividad desarrollada, en el marco de la emergencia sanitaria por coronavirus.
Ruiz Malec añade en la resolución que “con miras a establecer de manera uniforme en todos los establecimientos las condiciones mínimas de protección, la Camarco en representación de las empresas del sector, por una parte y por la otra la Uocra en representación de los trabajadores y trabajadoras, han acordado pautas mínimas de protección aplicables a la actividad”.
“Dicho protocolo configura una herramienta que se suma a las normas y recomendaciones vigentes, para permitir a las empresas del sector y a los trabajadores constructores ejecutar sus labores en el marco de las particulares circunstancias que impone la pandemia, dentro de condiciones adecuadas y en un medio ambiente de trabajo protegido”, apunta.
En la medida se aclara que la aprobación del protocolo “no impide la aplicación de mejores condiciones que los empleadores pudieran haber establecido o establecer en el futuro, así como tampoco invalida aquellas previsiones que -por las particularidades del establecimiento o forma de prestación de las tareas- fuera necesario establecer a nivel de empresa o de obra de construcción”.
Se detalla que la implementación del protocolo “no obsta a la obligación de los empleadores de dar cumplimiento con las normas que en el fututo dicten las autoridades nacionales y locales competentes, que establezcan nuevas instrucciones y recomendaciones en el marco de la emergencia sanitaria vigente”.