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Policiales 18 de noviembre de 2019

La condena a Sasso y el repudio de la familia de Lucía Bernaola

Federico Sasso junto a su abogado.

Los jueces Gómez Urso, Viñas y Sueyro condenaron a Federico Sasso por “homicidio culposo agravado” por la muerte de Lucía Bernaola y si bien le aplicaron la mayor condena posible para este tipo de hechos, el fallo fue repudiado por la familia de la víctima y sus allegados.

Para el juez Viñas, Federico Sasso no se pudo establecer una representación subjetiva de riesgo concreto.
Para el magistrado, no está en discusión que Sasso manejó su auto y tomó la curva del Boulevard Marítimo y calle Alberti a una velocidad excesiva (78 kilómetros por hora); tampoco que antes había bebido alcohol; ni que su auto presentaba modificaciones mecánicas.

Sin embargo, el juez dijo “no advertir” que lo expuesto constituya una alerta para ir construyendo el dolo eventual.
“La capacidad de visibilidad se reduce notablemente cuando uno circula en una curva y más de las características de la de calle Alberti (cerrada), ya que el hecho de no transitar en línea recta, ello aleja considerablemente la posibilidad de que Sasso haya podido ver tanto a Lucía, como al resto del grupo humano, quienes además, estaban caminando del otro lado, por la vereda costanera y a unos cuarenta metros aproximados del comienzo del derrape. Ello constituye una probabilidad de representación remota o lejana que se distancia del umbral mínimo del dolo”, concluyó el juez.

“En síntesis, debo concluir diciendo que las circunstancias de circular Sasso a una velocidad antirreglamentaria, violando conscientemente el deber de cuidado, confiado en su habilidad o destreza como conductor, no resulta determinante de la existencia del dolo eventual, pues si bien es absolutamente repudiable tal conducta, debe demostrarse que el autor fue consciente de la representación, de la probabilidad de riesgo y resultado concreto, que lo haya asumido y que no haya tenido una verdadera renuncia en la evitación del resultado, extremos que por cierto, al menos en este juicio, no han sido probados por los acusadores”, expresó el juez, en igual sentido que el resto de los miembros del Tribunal N° 1.