Juez de Azul frena el tarifazo de la luz
La medida beneficia a un sanatorio de esa localidad. Es el primer fallo contra el incremento en el servicio eléctrico en la provincia de Buenos Aires.
Foto: Noticias de Azul.
El juez federal de Azul Martín Bava suspendió por seis meses el incremento de la tarifa eléctrica que sufrió el Sanatorio Azul, y le ordenó a la empresa prestadora del servicio que se abstenga de interrumpir el suministro por el no pago de las facturas.
En el primer fallo de estas características en la provincia de Buenos Aires (al que tuvo acceso LA CAPITAL), el titular del Juzgado Federal de Azul N° 2 determinó que la cooperativa eléctrica de esa localidad no debe cobrar al centro asistencial el aumento dispuesto por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación en sus resoluciones 6/2006 y 7/2006, y mediante la resolución 1/2006 del Ente Nacional Regulador de la Energía (ENRE), disposiciones que el sanatorio busca que se declaren “inconstitucionales”.
De acuerdo con las facturas presentadas ante la Justicia, en febrero de este año el establecimiento debió abonar alrededor de $ 31 mil, cifra que se elevó a más de $ 54 en el siguiente período.
En su resolución, el juez entendió que, al haber en esa localidad solo cuatro centros asistenciales, “exigir el pago de las tarifas que hoy se cuestionan podría provocar la falta de prestación del servicio, tornándose dificultoso absorber el resto de los centros (Hospital Municipal, Clínica Privada y Hospital Materno Infantil) las diversas contingencias que se puedan presentar”.
Bava agregó que “no puede desconocerse la proximidad de un período invernal con la consabida afectación a la salud de sectores vulnerables, como ser adultos mayores, niños de corta edad o recién nacidos, que deben ser resguardados de toda contingencia en la que no participan voluntariamente”.
“También debe ser tenido en cuenta que a los centros hospitalarios –por la función que desarrollan– no puede exigírseles ahorro en el servicio eléctrico”, aseguró.
El pedido realizado por el sanatorio, según el magistrado, “tiene incidencia directa en el derecho a la salud, por cuanto en definitiva lo que aquí se resuelva puede alterar el normal funcionamiento de uno de sus prestadores y obviamente afectar a los afiliados al sistema”.
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