La Justicia declaró nulo el decreto por el que Arroyo había removido al director de Contrataciones
El funcionario había sido desplazado en marzo de 2017. En la sentencia, que podrá ser apelada por el municipio, la Justicia señaló que la remoción no respetó el procedimiento que requiere del acuerdo del Concejo Deliberante.
La Justicia resolvió declarar la nulidad del decreto a través del cual el intendente Carlos Arroyo había dispuesto desplazar al director General de Contrataciones de la administración central del municipio, Oscar Rossi, y ordenó “reestablcer el status quo”, reintegrando al funcionario a su cargo.
La sentencia pertenece al juez en lo contencioso y administrativo Marcelo Fernández y si bien debería ser cumplida en los próximos días es probable que su efecto se mantenga en suspenso, siempre y cuando el Ejecutivo decida apelarla requiriendo la intervención de la Cámara.
Rossi, quien se desempeñó como director de Contrataciones durante 13 años, fue desplazado de su cargo de manera sorpresiva en marzo de 2017 y obligado a regresar a su puesto original, como jefe de compras del Ente Municipal de Servicios Urbanos.
La medida fue adoptada por el jefe comunal, a quien en su momento, se le atribuyó cierto descontento por las demoras para tramitar algunos expedientes en los que tenía particular interés.
Tras notificarse de su desplazamiento Rossi decidió iniciar una demanda judicial, la cual acaba de concluir con un fallo de primera instancia.
Entre los principales argumentos para defender su posición Rossi argumentó que La Ley Orgánica de las Municipalidades establece que para removerlo de sus funciones el Ejecutivo debería haber contado con el acuerdo del Concejo Deliberante.
A la vez, destacó que el Reglamento de Contabilidad establece que en ese caso el gobierno también debería haber presentado una causa justificada, grave y objetiva.
En su sentencia el juez Fernández reconoció la importancia de que para desplazar a este tipo de funcionarios las autoridades cumplan con el “procedimiento de remoción” previsto en la ley, cosa que en este caso, no sucedió.
Y en ese sentido el magistrado mencionó varios antecedentes, todos ellos dirigidos a proteger la “trascendencia de la función desplegada por los funcionarios de ley” quienes sólo pueden ser removidos mediante un trámite especial para “resguardar” su papel “de control de la actividad municipal“.
Asimismo el juez rechazó considerar a la tarea que Rossi venía desempeñando como jefe de Contrataciones como algo circunstancial tal y como había pretendido argumentar la gestión de Arroyo.
El magistrado señaló que si bien el funcionario había sido convocado en el año 2004 -fecha hasta la cual fue jefe de Compras del Emsur- para sustituir de manera provisional al director de Contrataciones de aquél momento, el hecho de que haya desempeñado esa tarea de manera ininterrumpida durante 13 años lo habría consagrado como titular del cargo.
Y en ese sentido Fernández destacó que por ejemplo, “la prueba de informes rendida por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia arroja que Rossi estuvo registrado como Director General de Contrataciones por los ejercicios 2009 a 2016“.
Como resultado de ese razonamiento el magistrado resolvió “declarar nulidad del Decreto N° 528/17” mediante el cual Arroyo había dispuesto la remoción de Rossi y “restablecer el status quo” reintegrándolo a “las funciones que desempeñaba como Director General de Contrataciones de la Administración Central.
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