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Opinión 18 de junio de 2018

La letra chica del aborto

por Alejandro Williams Becker

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La Cámara de Diputados le ha dado media sanción al proyecto de ley de “Interrupción Voluntaria del Embarazo”. Seguirá ahora su camino hacia el Senado, que está facultado para darle estatus legal, para modificarlo parcialmente, o para rechazarlo.

Ante la gravedad sobre lo que se trata de legislar, no se puede menos que volver sobre el texto para advertir de qué trata:

– El proyecto legaliza el aborto irrestricto para cualquier mujer, sin necesidad de hallar consentimiento del varón. Si bien fija como “límite” supuesto la semana 14, veremos que permite la práctica hasta el noveno mes.

– El texto amplía el aborto hasta el fin del período gestacional por tres causales: cuando la gravidez provenga de una violación, cuando se diagnostique a esa persona “incompatibilidad con la vida extrauterina” o cuando se pueda ver afectada la “salud”, entendida en sentido amplio como “salud social”, lo que abre amenazas a la vida del por nacer por todo tipo de razones.

– Se incorpora la objeción de conciencia en forma restringida y discriminatoria, ya que se busca impedir que el médico o agente sanitario sugiera alternativas humanas y superadoras, e incluso crea un nuevo delito para punir a los galenos, con figura agravada si nace con vida la persona por nacer.

– Desconoce los idearios institucionales y establece un estatismo a ultranza en relación a los hospitales privados, especialmente confesionales.

– Garantiza impunidad a los médicos que hacen abortos y elimina la pena agravada si fallece la mujer en aborto clandestino.

– Crea una burocracia previa y posterior al aborto sin garantizar opciones reales y completas para la mujer.
La amplitud es tal que el aborto también atentará contra el nacimiento de personas con capacidades diferentes. Se convertirá, así en una herramienta de selección y descarte, porque es en las primeras semanas que se suelen realizar estudios prenatales de tamizaje o diagnóstico de discapacidad, lo que habilita la eliminación sistemática de personas con discapacidad, como las que padecen Síndrome de Down, por efectos de la rutinización de dichos estudios prenatales y las presiones sobre padres, y en particular sobre los médicos, que ahora tienen sobre su persona la amenaza de la punición.

La Cámara de Diputados acaba de aprobar un proyecto que autoriza a quitarle la vida a una persona humana. En efecto, no se derogó el Código Civil y Comercial en tanto dispone que la existencia de la persona comienza con la concepción. Entonces, según el proyecto, hay un derecho a quitarle la vida a una persona, sin invocar causales hasta la semana 14 y luego de esa semana, con una amplitud notable hasta el final del embarazo.

Las organizaciones del movimiento de Unidad Provida, y todos los que se movieron bajo esa consigna, ya llevan un tiempo trabajando con los despachos de los Senadores, entendiendo que esta demanda debe ser circunscripta al marco jurídico que estipula nuestro ordenamiento constitucional.

También podría ser un escenario propicio para que las numerosas propuestas de políticas públicas para la maternidad vulnerable que fueron presentadas en las reuniones informativas se traduzcan en proyectos que apunten a resolver los verdaderos problemas de las mujeres que recurren a un aborto, en lugar de reconocer el fracaso de esas políticas.

(*): Abogado y politólogo. Integrante del Centro de Bioética-Unidad Provida.