Esta semana aprobamos en la Cámara de Diputados bonaerense la ley que regula los honorarios de abogados y procuradores, derogando una norma que rige desde el año 1977.
En esta nueva Ley se establece la “naturaleza alimentaria de los honorarios profesionales”, ratifica el carácter de orden público de los mínimos arancelarios, la autonomía de la Provincia de Buenos Aires en esta materia reconoce que el abogado es un actor indispensable para el adecuado funcionamiento de los servicios de justicia y que los honorarios serán, a partir de ahora, regulados en la moneda JUS, a fin de evitar las distorsiones provocadas por la inflación.
Además, sanciona con nulidad los autos regulatorios que no se funden circunstanciadamente en las normas de la ley, limita la discrecionalidad judicial en la creación de bases regulatorias alejadas de los reales intereses económicos debatidos, e incorpora como causa de destitución en los términos de la Ley de Enjuiciamiento, la violación de los mínimos arancelarios por parte de los jueces.
El proyecto viene aprobado por unanimidad del Senado de la Provincia de Buenos Aires y con un trabajo previo de los asesores de los propios diputados, de muchos meses y que está en nuestra Cámara desde marzo de este año.
Tiene relevancia comprender cual es la actualidad de los colegas que hoy ejercen la profesión y están haciendo “calle”, haciendo tribunales.
Muchas veces, esos colegas, reciben honorarios que están por debajo del mínimo establecido por la ley que estaba en vigencia, un Decreto Ley de la dictadura, porque la ley no era de Orden Público, no establecía su carácter de orden público y los jueces discrecionalmente regulaban acorde a la cara, la trayectoria o la historia de los abogados y abogadas que litigaban, el honorario que “pensaban o creían” les correspondía.
Esta es una herramienta para terminar con una situación de arbitrariedad y considerar que los abogados y abogadas, si bien ejercemos una profesión independiente, somos trabajadores y trabajadoras de la Provincia y merecemos seguridad jurídica para ejercer nuestra tarea y un régimen jurídico acorde a los tiempos que corren.
Mas allá que, por supuesto, todo régimen es perfectible, también es cierto que los consensos son difíciles de conseguir y hay que trabajar en base a lo que tenemos para poder construir lo que se viene.
Quiero resaltar que las construcciones jurisprudenciales que se han hecho a la hora de regular honorarios siempre han sido en detrimento de la profesión y nunca a favor del ejercicio de la misma, por eso importante que esta Ley establezca el carácter de Orden Público y también el carácter alimentario de los honorarios, para que no puedan ser luego embargados, como tampoco pueden serlo los salarios de cualquier trabajador de la Argentina.
Nos parece importante en este momento, en el que la crisis económica golpea fuertemente a todos los trabajadores y trabajadoras, haber podido sancionar esta Ley que jerarquiza la profesión de los abogados, ayuda a aquellos que están iniciando su carrera profesional y le pone un límite a la discrecionalidad histórica de los jueces al regular sus honorarios. Siempre vamos a estar del lado de los trabajadores.
(*): Abogada. Diputada Provincial FPV.
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