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30-08-2014

La Justicia Federal suspendió el aumento de gas en Mar del Plata

El juez López dictó una medida cautelar que frena el fuerte incremento tarifario. La decisión suspende la aplicación de la suba desde el 1 de abril y obliga a Camuzzi a refacturar los importes. El magistrado ordenó a la empresa abstenerse de cortar el servicio a los usuarios que no pagaron el aumento. Les descontarán el incremento en las próximas facturaciones a quienes abonaron la boleta.

La Justicia Federal dictó ayer una medida cautelar que suspende el aumento de gas en Mar del Plata, Balcarce, Mar Chiquita y General Alvarado. La medida frena la aplicación del incremento tarifario desde el 1 de abril y obliga a Camuzzi -empresa prestadora del servicio- a refacturar los importes. La decisión judicial se mantendrá firme hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.

La resolución del juez federal Alfredo López crea un precedente para que en otras provincias se presenten planteos similares. En el fallo, el magistrado ordena a Camuzzi liquidar la próxima facturación con los valores vigentes al 31 de marzo y abstenerse de cortar el servicio a los usuarios que no pagaron el aumento.

Para la Justicia, la empresa omitió brindar información a los clientes sobre el nuevo cuadro tarifario, un derecho consagrado en el artículo 42 de la Constitución Nacional. Camuzzi deberá proceder inmediatamente a la refacturación de los importes sobre el período cuyas boletas hayan sido emitidas con anterioridad a la notificación de la medida y contengan los aumentos. "La empresa deberá realizar la emisión de nuevas facturas a los usuarios que hasta la fecha no hayan abonado la suba, omitiendo la inclusión del incremento tarifario y estableciendo un plazo de pago razonable que permita la cancelación de deudas y evite el corte del suministro", dice un fragmento de la extensa resolución.

El juez López ordenó a Camuzzi descontar el aumento en las próximas facturaciones "hasta su compensación total" a los usuarios que ya abonaron la factura. En otras palabras: el pago será a tomado a cuenta hasta ser reintegrado. La medida también alcanza a las boletas que se envíen de ahora en adelante, que no deberán incluir el pago del incremento tarifario.

En su resolución, el magistrado argumentó que "el clima de la zona hace al menos dificultoso el ahorro de gas, ya que se transita la época más cruda y fría del año". Además consideró "discriminatorio y excesivo" que en la provincia de Buenos Aires se aplique el aumento "cuando en otras provincias como La Pampa no se verificó el incremento".

Según López, la resolución de la Secretaría de Energía de la Nación que establece un nuevo cuadro tarifario por parte de Camuzzi "impone un desproporcionado y abrupto incremento que desconoce sin ningún argumento válido lo dispuesto por el artículo 42" de la Constitución.

"Conseguimos frenar un aumento de la tarifa desmedido y abusivo que los usuarios no podían pagar. La decisión judicial es un gran logro para nosotros", celebró Marisa Sánchez, presidenta de Manos que Ayudan y secretaria de la Liga de Amas de Casa. "La resolución del juez es una excelente noticia y demuestra que la Justicia es posible", dijo el defensor del Pueblo Fernando Rizzi. Desde Acuba también se mostraron contentos tras la medida cautelar: "Es una gran noticia para todos los usuarios", destacó el presidente de la ONG, Gerónimo Rossi (ver aparte).

La Justicia hizo lugar al recurso de amparo presentado por Acuba ante el Juzgado Federal Nº 4. La iniciativa contó con el apoyo de La Liga de Amas de Casa, Manos que Ayudan, la Defensoría del Pueblo y el Colegio de Abogados. En la presentación judicial, la ONG adjuntó copias de las boletas de gas de los usuarios alcanzados por el aumento y certificados que demuestran la imposibilidad de pagar el "abusivo" incremento. "No puedo dejar de notar la magnitud del aumento desproporcionado de un servicio público esencial que afecta la economía del usuario. Es notoriamente confusa la naturaleza jurídica de la imposición (de la suba), ya que tampoco se habría cumplido con la normativa vigente en la materia que exige una audiencia pública previa", se lee entre los argumentos de la resolución de López.

Según la Justicia, el aumento afectó derechos consagrados en la Constitución, como el derecho a la preservación del interés económico y de información adecuada en la relación de consumo establecido en el artículo 42 de la Constitución.

Las boletas de gas llegaron a los hogares con fuertes subas, autorizadas por la Secretaría de Energía, lo que originó una catarata de quejas de los usuarios. Los aumentos del bimestre julio-agosto iban desde un 80% hasta un 500% en relación al mismo período del año pasado.

En el amparo, Acuba argumentó que la empresa Camuzzi y el Ente Nacional de Regulación del Gas (Enargas) no suministraron "una información clara, veraz y precisa" a los usuarios sobre los nuevos valores del servicio. El reclamo fue patrocinado por los abogados Federico Alvarez Larrondo, Fernando Navarro, Fernando Copari y Selena Marinelli. "Camuzzi aplicó un tarifazo encubierto sin informar a los usuarios sobre los nuevos valores del servicio", explicaron desde Acuba.

La llegada a los hogares marplatenses de boletas de gas con grandes aumentos generaron reclamos, incertidumbre y presentaciones de los usuarios ante la distribuidora local Camuzzi. En las últimas semanas cientos de consumidores se presentaron en las oficinas de la empresa para pedir explicaciones o presentar notas contra la suba.

Tras conocerse la resolución del juez López, desde el Defensoría del Pueblo anunciaron que brindarán una conferencia de prensa el lunes a las 10 de la mañana para explicar los alcances de la decisión.

Antes de presentar el recurso de amparo, Manos que Ayudan y la Liga de Amas de Casa iniciaron una campaña en contra del tarifazo. En pocas semanas juntaron más de 6.000 firmas. De esa cantidad, más 3.000 corresponden a jubilados que cobran el haber mínimo y otras tantas firmas a quienes tienen un certificado de discapacidad.

La del juez López es la segunda resolución en el país que frena el aumento de gas. A fines de junio de este año, la Justicia Federal de Mendoza dictó un amparo que suspendió el incremento previsto de junio a setiembre, a pedido de una ONG de consumidores. La vigencia de la cautelar es por 120 días y frena las resoluciones 226/2014 y 2847/2014 avaladas por el ministro Julio De Vido.

Otro fallo en San Rafael fijó una medida cautelar más amplia, que obliga a devolver lo facturado a los usuarios del gas del sur mendocino en el bimestre abril y mayo. La resolución de la titular del Segundo Juzgado Federal de Mendoza, Olga Pura Arrabal, crea un precedente para que en otras provincias se presenten planteos similares.

Entre los argumentos que pesaron a favor de los consumidores mendocinos está la ley que obliga a realizar una audiencia pública para que el usuario pueda ser escuchado y conozca cuáles son los costos empresarios que avalan el aumento. El principal cuestionamiento fue la falta de información previa a los usuarios sobre la magnitud y modalidad de los aumentos, por estar atados a la capacidad de ahorro.

En Mar del Plata ya había antecedentes judiciales favorables. En 2009, la Defensoría del Pueblo presentó ante la Justicia local una medida cautelar que dejó sin efecto la suba de tarifas. Ese año, la Justicia Federal ordenó a Camuzzi abstenerse de facturar los cargos correspondientes al decreto de 2067/08 hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. Hasta hoy sigue vigente el amparo judicial que impide la quita de subsidios al servicio.

Antes de conocerse el fallo del juez López, miles de usuarios habían iniciado en Camuzzi el trámite para quedar exceptuados de los incrementos a las facturas de gas.