La quita de subsidios no puede ser aplicada en Mar del Plata
El decreto del Gobierno nacional no entrará en vigencia a raíz de una medida cautelar que rige desde 2009 en la ciudad. Hasta que no se resuelva la cuestión judicial, la suba en las tarifas de luz y gas quedará sin efecto.
La defensora del Pueblo, Beatriz Arza, confirmó ayer que la quita de subsidios a la luz y el gas no se aplicará por el momento en Mar del Plata a raíz de una medida cautelar que rige desde 2009. Hasta que no se resuelva la cuestión judicial, el decreto del Gobierno nacional no podrá entrar en vigencia.
Hace tres años la defensoría presentó ante la Justicia local una medida cautelar que dejó sin efecto la suba de tarifas. Por entonces, el juez federal Eduardo Giménez ordenó a la empresa proveedora -Camuzzi Gas Pampeana- abstenerse de facturar los cargos correspondientes al decreto de 2067/08 hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. La decisión del magistrado no fue aislada: el cargo tarifario aplicado a las facturas de gas para cubrir los gastos de importación del combustible cosechó en todo el país una decena de medidas cautelares que suspendieron el cobro a los usuarios de ese concepto. ?Tenemos dos fallos que ratifican la medida cautelar vigente. Estamos en conversaciones con Camuzzi para ver cómo se va actuar, sobre todo en el caso de quienes renunciaron a los subsidios. Pero hasta que no sea resuelta la decisión judicial, la quita no se aplicará en el partido de General Pueyrredon?, aseguró Arza. Y dijo que la noticia generó alivio entre los marplatenses. "Seguimos recibiendo muchas consultas diarias, pero ahora la gente está más tranquila", sostuvo.
Los que renunciaron
La defensora del Pueblo explicó que aquellos que renunciaron a los subsidios "no pagarán diferencias porque en la ciudad todos seguirán abonando tarifas subsidiadas hasta que la medida cautelar se modifique o contradiga".
A partir del 1 de enero, el Gobierno puso en marcha el plan de eliminación de los subsidios que había establecido para los servicios de energía eléctrica y gas. Esta nueva norma, un cambio drástico en la política de mantener servicios públicos baratos para alentar el consumo, abre la puerta a los fuertes aumentos de precios a clientes domiciliarios. Si bien la tarifa seguiría siendo la misma, la desaparición del subsidio estatal afectará gradualmente a un número mayor de consumidores: los que dejen de recibir los subsidios deberán pagar boletas de luz y gas que resultarían entre tres y cuatro veces más caras que las que se abonan en la actualidad.
Los usuarios comenzaron a recibir en estos últimos días una ?declaración jurada? que deberán completar aquellos que pretendan seguir manteniendo los subsidios. Los que no contesten o no sean admitidos por el Gobierno, perderán los subsidios en un plazo de 35 días.
Una vez recibidas las declaraciones juradas se hará un registro, que estará disponible en internet, para transparentar los mecanismos de asignación de los subsidios. Este sistema asumirá que el usuario que no solicite continuar recibiendo subsidios será porque no los necesita. En cambio, si quiere seguir siendo beneficiario, se cruzará la información del solicitante con las bases de datos del Estado y se tomará una decisión. Incluso se podría apelar a visitas de asistentes sociales para determinar la situación económica y social de cada hogar.
Particularidades
Como requisito para seguir percibiendo el subsidio y, así, no recibir el incremento en el monto por pagar, debe cumplirse alguna de las doce situaciones previstas. Esas condiciones son las siguientes: que en la vivienda habite alguien con una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio; que exista, como único ingreso, una jubilación o pensión mínima; que el usuario perciba una pensión no contributiva; que cobre un beneficio de plan social (Asignación Universal por Hijo, subsidio por desempleo, plan Familias, entre otros); que el domicilio esté afectado por alguna actividad social (comedor comunitario, centro de recuperación), o que se cobre una asignación familiar.
Otras situaciones que podrían informarse para el mecanismo de excepción son que el usuario tenga un certificado de discapacidad, que los ingresos familiares sean "insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena", que la persona esté exenta del pago de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), que la vivienda sea precaria y la habite una familia numerosa, que tenga un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeños comercios, talleres) o que la vivienda sea compartida por múltiples hogares.
De los 12 ítemes, el que más dudas genera es el que obliga al usuario a definir si sus ?ingresos son insuficientes para afrontar el pago de las tarifas plenas?. Los que respondan afirmativamente, será sometidos a un cruce de datos con la AFIP y Anses y su caso quedará en manos de los funcionarios que resolverán si corresponde o no la quita de los subsidios.
Plazos
A partir del momento en que se reciba la factura con el formulario para mantener el subsidio, cada usuario tendrá un plazo de 30 días para responder si lo necesita. Luego de enviado el requerimiento, un asistente social visitará el domicilio para verificar la información que fue declarada.
En las empresas prestatarias entienden que tener sólo uno de los doce requerimientos sería suficiente para mantener los subsidios. "Aquellos titulares que se encuadren bajo alguna de estas condiciones continuarán percibiendo el subsidio del Estado nacional realizando el trámite correspondiente en cada una de sus distribuidoras", precisa el texto que fue dado a conocer por el Gobierno.